Boletín Fiscal Junio 2023

Jul 13, 2023

BOLETÍN DE NOVEDADES FISCALES

Novedades Junio 2023

A continuación, se describen las novedades publicadas por los distintos organismos de los países Colombia, México y Perú, durante el mes de junio de 2023.

__1. Facturación (Comprobantes Fiscales Digitales): __

Termina periodo de convivencia para CFDI de nómina

El SAT informó que el próximo 30 de junio de 2023 concluye el periodo de convivencia entre la versión 3.3 y 4.0 para comprobantes de nómina, por lo que todos los contribuyentes están obligados a emitir sus facturas electrónicas en la versión 4.0, a partir del 1 de julio.

Para facilitar el cumplimiento, el SAT puso a disposición de los contribuyentes la Cédula de datos fiscales, la cual contiene información necesaria para generar la factura 4.0 y puede obtenerse fácilmente en https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/. Así mismo, recordó́ a los empleadores que pueden solicitar la información de sus trabajadores en el Portal del SAT, de conformidad con el procedimiento previsto en la ficha 320/CFF del Anexo 1-A de la RMF vigente.

Fuente: idc Online

Nueva prorroga para CFDI ́s en RESICO-PF

Los contribuyentes personas físicas que tributen en el RESICO-PF, podrán emitir sus CFDI a través de las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”, haciendo uso de la facilidad de sellar el CFDI sin la necesidad de contar con el certificado de e. Firma o de un CSD hasta el 2 de octubre de 2023. (Artículo transitorio de la RMISC 2023 - Vigésimo quinto).

Fuente: idc Online

2. Cobranza:

  • (Sin cambios)

3. Pagos a Proveedores:

  • (Sin cambios)

4. Retención a Nivel Nacional:

  • (Sin cambios)

5. Percepciones a Nivel Nacional:

VENCE EL PLAZO PARA EL REPARTO DE UTILIDADES SI ERES PERSONA FÍSICA

Las Personas Físicas que tengan la obligación de pagar PTU debieron haberla pagado antes del 29 de Junio de 2023.

Fuente: Secretaría del Trabajo y Previsión Social

6. Impuesto al Valor Agregado (IVA):

Determinación del IVA por el asignatario designado como operador de un área unificada

Se establece para la determinación del IVA, el asignatario que sea designado como operador de un área unificada, estará́ a lo siguiente: no considerará como valor de actos o actividades para calcular el IVA tratándose de prestación de servicios, las cantidades que perciba para efectuar gastos por cuenta del contratista designado como operador de un consorcio que forma parte de un área unificada.

Solamente podrá acreditar la parte proporcional del total del IVA acreditable que le corresponda, conforme a su participación en dicha área, del importe total del IVA amparado en el CFDI que le sea expedido para el desarrollo de las actividades necesarias para la ejecución del acuerdo o resolución de unificación, aprobado o emitida por la Secretaría de Energía, según corresponda, y que cumpla con la regla 10.32.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

Determinación del IVA acreditable por parte del contratista designado como operador del consorcio que forme parte de un área unificada donde un asignatario sea el operador.

Se dispone que el contratista designado como operador del consorcio que forme parte de un área unificada en la que un asignatario sea designado como operador, podrá́ acreditar, en forma individual, la parte proporcional del total del IVA acreditable que le corresponda, siempre que dicho asignatario expida el CFDI que cumpla con la regla 10.32.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

7. Otras Declaraciones juradas informativas:

  • (Sin cambios)

8. Otras novedades fiscales:

__• Buzón RESICO-PF __

Los contribuyentes del RESICO-PF deberán contar con buzón tributario habilitado, o registrar o actualizar sus medios de contacto a más tardar el 2 de octubre de 2023. En caso de no cumplir deben abandonar el régimen. Artículo transitorio de la RMISC 2023 - Vigésimo sexto).

Fuente: idc Online

•RESICO PF E.Firma

Los contribuyentes del RESICO-PF deberán contar con e. Firma activa a más tardar el 2 de octubre de 2023 de 2023. Artículo transitorio de la RMISC 2023 - Vigésimo séptimo).

Fuente: idc Online

Primera versión anticipada de la quinta resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023

Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos Prorrogas para el cumplimiento de DUC por parte de los asignatarios. En esta ocasión, los relativos: El 50 % del derecho por la utilidad compartida de abril de 2023 se deberá́ pagar a más tardar el 29 de junio de 2023. El 50 % restante se pagará a más tardar el 28 de julio de 2023, y lo relativo a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos de mayo, se pagará a más tardar el 28 de julio de 2023.

• Nuevo protocolo del Tratado México-Alemania

Se publicó en el DOF el decreto por el que aprueba el Protocolo que Modifica el Acuerdo del 9 de julio de 2008 entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Federal de Alemania para Evitar la Doble Imposición y la Evasión Fiscal en Materia de ISR y sobre el Patrimonio.

Realizaron las siguientes modificaciones: • Se establece expresamente que todas las excepciones del supuesto "establecimiento permanente" están sujetas a la condición de que sean actividades preparatorias o auxiliares.

• Se incorpora el requisito de tenencia accionaria dentro de los 365 días anteriores para tener derecho a aplicar la tasa reducida de manera que el impuesto exigido no exceda del 5 % del importe bruto de los dividendos si el beneficiario efectivo es una sociedad (excluidas las sociedades de personas) que posea directamente al menos 10 % del capital de la sociedad.

• Se señala que cuando un residente de un Estado contratante obtenga de la enajenación de acciones u otros derechos de participación comparables, pueden someterse a imposición en el otro Estado contratante sí, en cualquier momento dentro de los 365 días que preceden a la enajenación, esas acciones o derechos de participación comparables proceden en más de un 50 % de su valor, directa o indirectamente, de bienes inmuebles situados en ese otro Estado.

• Se incorporan otros casos especiales de la aplicación de este, incluyendo una cláusula general antiabuso que permite rechazar los beneficios del acuerdo en casos en que uno de los propósitos principales de una operación sea obtener un beneficio que sea contrario a su objeto.

• En relación con el procedimiento y con la finalidad de otorgar certidumbre jurídica respecto del mecanismo de resolución de controversias, se indica que cualquier acuerdo alcanzado dentro del mismo será́ aplicable independientemente de los plazos previstos por la legislación interna de los Estados contratantes.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

__Próxima a vencer la disminución de pagos provisionales de ISR del segundo semestre de 2023 __

Las empresas tienen la posibilidad de disminuir los pagos provisionales de ISR para el segundo semestre del año, ya sea para todos los meses del semestre o para algunos meses en particular, de acuerdo con lo establecido por el artículo 14 de la LISR, en el inciso b) de su último párrafo. Si lo que se pretende es disminuir los pagos de todo el segundo semestre la solicitud deberá́ presentarse, siguiendo las instrucciones del formato oficial, a más tardar el día 17 de julio.

Fuente: Blog Fiscalía

__Se celebra la NOM 037 Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo. __

El pasado 08 de Junio de 2013 a través del DOF/08/06/2023 se publica la NOM 037 tiene por objeto establecer las condiciones de seguridad y salud aplicable a los trabajadores que efectivamente se encuentren bajo la modalidad de teletrabajo, con el fin de prevenir accidentes y enfermedades, además de promover un medioambiente seguro y saludable en el entorno de trabajo.

Fuente: Diario Oficial de la Federación


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