
Por años, la política fiscal mexicana se ha movido entre reformas legislativas visibles y ajustes administrativos silenciosos. La Resolución Miscelánea Fiscal 2026 pertenece claramente a esta segunda categoría, pero su impacto será profundo.
Publicada el 28 de diciembre de 2025, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (RMF 2026) no introduce nuevos impuestos ni modifica tasas. Sin embargo, redefine con mayor precisión cómo, cuándo y bajo qué estándares el contribuyente debe probar que lo que declara refleja una operación real, consistente y sostenible.
En términos prácticos, el mensaje del Servicio de Administración Tributaria es inequívoco: la era del cumplimiento meramente formal ha terminado.
Uno de los ejes centrales de la RMF 2026 es la consolidación del ecosistema digital fiscal. El Buzón Tributario se confirma como el canal dominante para trámites, promociones, notificaciones y medios de defensa. Al mismo tiempo, el CFDI deja de ser solo un comprobante para convertirse en la principal fuente de análisis fiscal automatizado.
Hoy, la autoridad no solo revisa si existe una factura, sino si:
La fiscalización ya no inicia con visitas domiciliarias; comienza con modelos de análisis de datos, cruces masivos de información y detección de patrones atípicos.
Aunque el término no siempre aparece de forma explícita, la RMF 2026 está impregnada de un principio transversal: la sustancia económica.
Este enfoque se manifiesta en:
La autoridad parte de una premisa clara: la información ya existe, está interconectada y puede analizarse en tiempo real. Lo que ahora se exige es que el contribuyente pueda explicar, sostener y defender esa información de forma consistente.
En este nuevo entorno, algunas firmas han comenzado a replantear su papel. Más que preparar declaraciones, el reto está en supervisar la operación fiscal de forma permanente, bajo los mismos criterios que utiliza la autoridad.
En ese contexto, AS Consulting Group (ASCG) ha desarrollado ASiViewer, una plataforma propia de análisis fiscal que incorpora equipos de data analysts especializados para monitorear de manera continua la operación de las empresas.
ASiViewer es una plataforma avanzada de Data Analysis Fiscal que analiza y evalúa la operación completa de una empresa a partir de sus CFDI, declaraciones y complementos, utilizando criterios alineados a los algoritmos y patrones regulatorios empleados por las autoridades fiscales en México.
La lógica detrás de esta herramienta es simple pero poderosa: transformar datos fiscales en inteligencia fiscal real, accionable y en tiempo casi real. No para sustituir a la autoridad, sino para anticipar riesgos, detectar inconsistencias y alinear la operación cotidiana con lo que el SAT ya está observando desde sus propios sistemas.
La RMF 2026 confirma que este enfoque —preventivo, analítico y basado en datos reales— dejará de ser una ventaja competitiva para convertirse en una necesidad operativa.
La Resolución también integra diversos decretos y estímulos fiscales —Plan México, polos de desarrollo, regiones fronterizas y economía circular—, pero con una constante: ningún beneficio es automático.
El acceso a estos estímulos exige:
En la práctica, los incentivos fiscales han dejado de ser una opción declarativa y se administran hoy como proyectos sujetos a control y seguimiento continuo.
La RMF 2026 no busca titulares espectaculares. Su objetivo es más profundo: normalizar un modelo de fiscalización basado en datos, trazabilidad y coherencia económica.
Para los contribuyentes, el desafío ya no es solo cumplir, sino demostrar que su cumplimiento tiene sentido. Para las firmas de asesoría, el reto es acompañar con visión estratégica, tecnología y análisis permanente.
En ese equilibrio entre regulación, datos y realidad económica se está definiendo el nuevo estándar fiscal en México.
Y todo indica que llegó para quedarse.
For years, Mexico’s tax policy has evolved through a combination of visible legislative reforms and quiet administrative adjustments. The 2026 Miscellaneous Tax Resolution clearly belongs to the latter category—yet its impact will be profound.
Published on December 28, 2025, the 2026 Miscellaneous Tax Resolution (RMF 2026) does not introduce new taxes nor does it modify tax rates. What it does instead is redefine, with greater precision, how, when, and under what standards taxpayers must demonstrate that what they report reflects a real, consistent, and sustainable operation.
In practical terms, the message from Mexico’s Tax Administration Service (SAT) is unmistakable: the era of merely formal compliance is over.
More Data, More Cross-Checks, Less Margin for Error One of the central pillars of RMF 2026 is the consolidation of Mexico’s digital tax ecosystem.
The Tax Mailbox (Buzón Tributario) is reaffirmed as the primary channel for filings, requests, notifications, and legal defenses. At the same time, the CFDI ceases to be merely a tax receipt and becomes the core input for automated tax analysis.
Today, the tax authority no longer verifies only whether an invoice exists, but whether it:
Tax audits no longer begin with on-site inspections; they start with data-driven models, massive information cross-checks, and the detection of atypical patterns.
Although the term does not always appear explicitly, RMF 2026 is permeated by a transversal principle: economic substance.
This approach is reflected in:
The authority operates under a clear premise: the information already exists, is interconnected, and can be analyzed in real time. What is now required is that taxpayers be able to explain, support, and defend that information consistently.
In this new environment, some firms are rethinking their role. The challenge is no longer limited to preparing tax returns, but to continuously supervising tax operations under the same criteria applied by the tax authority.
Within this context, AS Consulting Group (ASCG) has developed ASiViewer, a proprietary tax-analysis platform supported by specialized data-analytics teams designed to continuously monitor companies’ tax operations.
ASiViewer is an advanced tax data-analysis platform that evaluates a company’s entire operation using its CFDIs, tax returns, and supplements, applying criteria aligned with the algorithms and regulatory patterns employed by Mexican tax authorities.
The logic behind the platform is simple yet powerful: to transform tax data into real, actionable, near-real-time tax intelligence. Not to replace the authority, but to anticipate risks, detect inconsistencies, and align day-to-day operations with what the SAT is already observing through its own systems.
RMF 2026 confirms that this preventive, analytical, data-driven approach will cease to be a competitive advantage and will instead become an operational necessity.
Tax Incentives: Opportunities with Greater Discipline The Resolution also incorporates various tax decrees and incentives—such as Plan México, development poles, border regions, and circular economy initiatives—but with a consistent theme: no benefit is automatic.
Access to these incentives requires:
In practice, tax incentives have moved beyond declarative treatment and are now managed as projects subject to continuous control and monitoring.
RMF 2026 does not seek dramatic headlines. Its objective is more structural: to normalize a tax-enforcement model based on data, traceability, and economic coherence.
For taxpayers, the challenge is no longer just to comply, but to prove that their compliance makes economic sense. For advisory firms, the challenge lies in providing support through strategic vision, technology, and continuous analysis.
It is within this balance between regulation, data, and economic reality that Mexico’s new tax standard is being defined.
And all indications suggest it is here to stay.
Durante años, México fue visto como una de las economías más abiertas del mundo. Su extensa red de acuerdos comerciales permitió a empresas multinacionales y grupos industriales construir cadenas de suministro eficientes, competitivas y altamente integradas al comercio global.
Ese paradigma comienza a cambiar.
El 29 de diciembre de 2025, el Gobierno Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman diversas fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, con entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2026.
Decreto: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5777376&fecha=29/12/2025#gsc.tab=0
Aunque presentado como un ajuste técnico, el Decreto constituye una señal estratégica clara sobre la evolución de la política comercial mexicana.
La reforma modifica más de mil fracciones arancelarias e introduce aranceles que, en numerosos casos, oscilan entre 25% y 35%, afectando transversalmente a industrias clave de consumo y manufactura. El foco no es accidental. El impacto recae de manera más intensa en mercancías provenientes de países con los que México no mantiene Tratados de Libre Comercio vigentes, alterando un modelo que durante años privilegió la eficiencia vía precio.
El mensaje implícito es contundente: la eficiencia sin alineación estratégica y sin cumplimiento robusto deja de ser suficiente.
Desde una perspectiva normativa, la magnitud del ajuste es relevante: 1,196 fracciones arancelarias fueron modificadas, abarcando capítulos completos de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, entre ellos productos de perfumería y cosmética (Capítulo 33), plásticos y sus manufacturas (Capítulo 39), textiles y confecciones (Capítulos 50 al 63), calzado (Capítulo 64), vidrio y sus manufacturas (Capítulo 70), hierro, acero y aluminio (Capítulos 72 y 76), vehículos y sus partes (Capítulos 87 y 90), así como juguetes y artículos diversos (Capítulo 95). En conjunto, estas modificaciones no solo incrementan costos, sino que obligan a las empresas a replantear de fondo su estrategia fiscal, aduanera y de cadena de suministro.
Los nuevos aranceles impactan de forma directa a sectores que dependen de importaciones globales:
En conjunto, estas medidas debilitan el modelo de importación de bajo costo sin rediseño estratégico.
Históricamente, México ha construido una de las redes más extensas de acuerdos comerciales preferenciales del mundo. Diversas fuentes indican que el país mantiene aproximadamente 13–14 Tratados de Libre Comercio vigentes con alrededor de 50 países, incluyendo alianzas regionales y multilaterales de gran relevancia.
Estos acuerdos no solo facilitan el comercio bilateral y regional; reducen barreras arancelarias, fortalecen reglas de origen, protegen inversiones y ofrecen mecanismos de solución de controversias, elementos críticos para la planeación estratégica, la certidumbre jurídica y la toma de decisiones corporativas.
El contraste con países __sin TLC con México —como China, India, Corea del Sur, Brasil, Tailandia, Indonesia o Turquía— es ahora más evidente que nunca. __
Más allá de los aranceles, el elemento más sofisticado del Decreto se encuentra en sus artículos transitorios, que facultan a la Secretaría de Economía para implementar mecanismos e instrumentos jurídicos específicos para permitir la importación de mercancías provenientes de países sin TLC, con el objetivo de garantizar el abasto de insumos en condiciones competitivas.
En términos corporativos, esto implica que:
México no está cerrando su economía. Está reordenando prioridades. En un entorno global marcado por tensiones comerciales, relocalización de cadenas productivas y mayor escrutinio regulatorio, el país parece alinearse con una tendencia clara: privilegiar cadenas de suministro defendibles, regionales y estratégicas.
En AS Consulting Group, vemos este Decreto como un parteaguas. No es una reforma coyuntural, sino una señal del rumbo que tomará la política comercial mexicana en los próximos años.
Las empresas que se anticipen podrán rediseñar su cadena de suministro, proteger márgenes y convertir el cumplimiento en una ventaja competitiva. Las que reaccionen tarde enfrentarán mayores costos, menor flexibilidad y riesgos fiscales y aduaneros crecientes.
2026 no será el año del ajuste improvisado, sino de la estrategia bien ejecutada.
Sobre AS Consulting Group
AS Consulting Group (ASCG) es una firma mexicana con más de 30 años de experiencia, especializada en impuestos, comercio exterior, aduanas, legal corporativo y consultoría estratégica, acompañando a empresas nacionales y multinacionales en su operación y expansión en México.
www.ascg.mx
Redacción M.B.A Y C.P.F Luis Javier Arreguín Sánchez
Socio y Director División Internacional
AS Consulting Group
For years, Mexico was regarded as one of the most open economies in the world. Its extensive network of trade agreements allowed multinational companies and industrial groups to build efficient, competitive supply chains deeply integrated into global trade.
On December 29, 2025, the Federal Government published in the Official Gazette of the Federation (Diario Oficial de la Federación – DOF)
the Decree amending various tariff lines of the Mexican General Import and Export Tax Law, effective as of January 1, 2026.
Decree:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5777376&fecha=29/12/2025#gsc.tab=0
Although presented as a technical adjustment, the Decree constitutes a clear strategic signal regarding the evolution of Mexico’s trade policy.
The reform modifies more than one thousand tariff classifications and introduces duties that, in many cases, range from 25% to 35%, cutting across key consumer and manufacturing industries. The focus is not incidental. The most significant impact falls on goods originating from countries with which Mexico does not maintain a Free Trade Agreement, disrupting a model that for years prioritized price-based efficiency.
The implicit message is unequivocal: efficiency without strategic alignment and robust compliance is no longer sufficient.
Industries at the Center of the Impact From a regulatory perspective, the scope of the adjustment is substantial. A total of 1,196 tariff classifications were amended, covering entire chapters of the Mexican tariff schedule, including perfumes and cosmetics (Chapter 33), plastics and plastic articles (Chapter 39), textiles and apparel (Chapters 50 to 63), footwear (Chapter 64), glass and glassware (Chapter 70), iron, steel and aluminum (Chapters 72 and 76), vehicles and parts (Chapters 87 and 90), as well as toys and miscellaneous manufactured articles (Chapter 95).
Taken together, these changes not only increase costs but also compel companies to fundamentally rethink their tax, customs and supply-chain strategies.
The new tariffs directly affect sectors heavily dependent on global imports:
Collectively, these measures weaken the low-cost import model absent a strategic redesign. Mexico’s Free Trade Agreement Network:
A Structural Contrast Historically, Mexico has built one of the most extensive networks of preferential trade agreements worldwide. Various sources indicate that the country maintains approximately 13–14 Free Trade Agreements covering nearly 50 countries, including major regional and multilateral partnerships.
These agreements do more than facilitate trade. They reduce tariff barriers, strengthen rules of origin, protect investments and provide dispute-resolution mechanisms—critical elements for strategic planning, legal certainty and corporate decision-making.
The contrast with countries that do not have FTAs with Mexico—such as China, India, South Korea, Brazil, Thailand, Indonesia or Turkey—is now more evident than ever.
Beyond tariffs, the most sophisticated element of the Decree lies in its transitory provisions. These empower the Ministry of Economy to implement specific legal mechanisms and instruments to allow the importation of goods from non-FTA countries, with the stated objective of ensuring competitive access to essential inputs.
From a corporate perspective, this means:
Mexico is not closing its economy—it is reordering priorities. In a global environment shaped by trade tensions, supply-chain realignment and increased regulatory scrutiny, the country appears to be aligning with a clear trend: privileging defensible, regional and strategic supply chains.
At AS Consulting Group, we view this Decree as a turning point. It is not a temporary reform, but a signal of the direction Mexico’s trade policy is likely to take in the coming years.
Companies that act early will be able to redesign their supply chains, protect margins and turn compliance into a competitive advantage. Those that react late will face higher costs, reduced flexibility and growing tax and customs risks.
2026 will not be the year of improvised adjustment, but of well-executed strategy.
About AS Consulting Group AS Consulting Group (ASCG) is a Mexican professional services firm with more than 30 years of experience, specializing in tax, foreign trade, customs, corporate legal services and strategic consulting, supporting domestic and multinational companies in their operations and expansion in Mexico.
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En diciembre de 2025, el SAT publicó una actualización al Complemento de Nómina 1.2 — Revisión “E”, con vigencia oficial a partir del 1º de enero de 2026. Esta modificación impacta de manera directa la emisión de los comprobantes de nómina (CFDI) y los procesos administrativos de empresas, despachos contables y áreas de Recursos Humanos.
El Complemento de Nómina 1.2 forma parte del CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) de nómina, documento obligatorio para registrar los pagos de salarios, percepciones, deducciones y demás conceptos relacionados con la relación laboral. Su uso correcto garantiza el cumplimiento ante el SAT y evita multas, rechazos o inconsistencias en el timbrado.
Desde 2022, dicha versión del complemento opera sobre la versión 4.0 del CFDI.
La actualización vigente trae cambios técnicos — en la estructura, catálogos y reglas de validación — que requieren especial atención por parte de quienes administran la nómina.
Para evitar rechazos, errores o sanciones en 2026, desde ASCG recomendamos implementar las siguientes acciones:
La Revisión “E” del Complemento de Nómina 1.2 representa un ajuste técnico importante. Aunque no cambia los principios básicos de nómina, sí implica actualizar sistemas, catálogos y procesos internos.
Desde ASCG sugerimos ver esta actualización como una oportunidad para optimizar procesos de nómina y asegurar cumplimiento fiscal.
Podemos elaborar una guía interna (checklist, fechas, responsables y recomendaciones) para facilitar la transición al nuevo esquema.
Para más información contáctanos:
contacto@ascg.mx | cdc@ascg.mx www.ascg.mx +52 55 5859 4873
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado que la obligación de transmitir la Manifestación de Valor Electrónica (MVE) a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM), originalmente prevista para el 9 de diciembre, se pospone y será exigible a partir del 1 de abril de 2026.
Esta prórroga tiene como finalidad permitir que las empresas del sector de comercio exterior cuenten con el tiempo suficiente para adaptar sus procesos, sistemas y documentación al nuevo esquema electrónico obligatorio.
Hasta el 31 de marzo de 2026, los importadores podrán cumplir con la obligación de presentar la manifestación de valor mediante cualquiera de las dos modalidades:
Ambos métodos serán válidos durante el periodo de transición.
El SAT también precisó que, para las empresas que ya se encuentren transmitiendo la información mediante la MVE:
Aunque la obligación será exigible hasta el 1 de abril de 2026, en AS Consulting Group recomendamos no esperar al último día para adaptarse al nuevo proceso.
La MVE implica:
Iniciar con anticipación permitirá a su empresa:
Nuestro equipo está disponible para acompañarles durante esta etapa de transición, evaluar su nivel de preparación y diseñar un plan de implementación conforme a los nuevos lineamientos del SAT.
Fuente: Comunicado Oficial SAT