El Beneficiario Controlador en la Ley Antilavado 2025: Lo que toda empresa debe saber.

Jul 21, 2025

Con la entrada en vigor de la reforma publicada el 17 de julio de 2025 a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), el concepto de Beneficiario Controlador se redefine y cobra un papel clave en la estrategia del gobierno mexicano contra el lavado de dinero y la opacidad corporativa.

¿Qué es un Beneficiario Controlador?

La ley ahora define como Beneficiario Controlador a toda persona física que, directa o indirectamente, obtenga beneficios derivados de una relación jurídica o ejerza el control efectivo del 25% o más del capital social o derechos de voto en una entidad. También incluye a quienes ejerzan influencia significativa en la toma de decisiones, incluso sin participación accionaria.

¿Qué cambió con la reforma de 2025?

Antes, el umbral de identificación solía establecerse en el 50%. La reforma reduce ese límite al 25%, alineando a México con estándares internacionales (como los del GAFI). Además:

  • Se diferencia expresamente esta definición de la que usa el Código Fiscal de la Federación.
  • Las empresas deberán identificar y conservar evidencia documental para ambas normativas, lo que implica un análisis dual y más complejo.
  • El incumplimiento puede derivar en multas de hasta 10,000 UMA, lo que actualmente supera el millón de pesos.

Tipos de Beneficiarios Controladores

  1. Por propiedad: quien tiene una participación directa o indirecta mayor al 25%.
  2. Por control: quien, sin tener participación significativa, influye en decisiones clave.
  3. Por beneficio: quien obtiene ganancias económicas de la entidad, aunque no esté formalmente vinculado como socio o accionista.

¿Y las Personas Políticamente Expuestas (PEP)?

La reforma también introduce definiciones específicas para Personas Políticamente Expuestas (PEP), es decir, personas con funciones públicas relevantes (o sus familiares y colaboradores cercanos). Las empresas deberán aplicar medidas reforzadas de debida diligencia al identificarlas como Beneficiarios Controladores, ante su mayor exposición al riesgo de corrupción o financiamiento ilícito.

¿Qué debes hacer ahora?

  • Audita tu estructura corporativa y verifica si hay personas que cumplen con los nuevos criterios.
  • Clasifica correctamente los tipos de Beneficiarios Controladores en función de su rol.
  • Prepara o actualiza tu expediente documental.
  • Consulta con tu área legal o fiscal, ya que el cruce con la normativa del SAT puede generar conflictos si no se identifican correctamente ambos tipos de beneficiarios.

La figura del Beneficiario Controlador ya no es opcional ni ambigua: es un requisito obligatorio, dinámico y con consecuencias legales severas si no se atiende correctamente. No se trata solo de cumplimiento, sino de proteger a tu empresa frente a riesgos reputacionales y legales que pueden escalar rápidamente.

¿Tienes dudas sobre cómo identificar a tus beneficiarios? ¿Tu estructura corporativa es compleja o internacional? La asesoría especializada es hoy más necesaria que nunca.

¿Tienes preguntas o comentarios? No dudes en contactar a Lic. Alejandro Vázquez en alejandrovazquez@ascg.mx .

Este artículo fue elaborado por nuestro Socio del Área Legal, el Lic. Alejandro Vázquez.


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